Presentación de recurso ante Superintendencia de salud
Autor | Alejandra Retamal |
Actualizado a | Noviembre 2012 |
FORMULARIO DE RECURSOS
Mediante este documento puede manifestar su desacuerdo con lo resuelto en una
Resolución Administrativa o Sentencia Arbitral.
Fecha: ____________
N° del Reclamo / Rol: ____________
(Indicar N° del Caso al que se Adjunta)
N° de Ingreso: ____________
(Uso Exclusivo de Oficina de Partes)
IDENTIFICACIÓN RECURRENTE (Cotizante o Beneficiario)
Nombres
Apellido Paterno
Apellido Materno
Cédula de Identidad
Sexo
F M
IDENTIFICACIÓN REPRESENTANTE (Sólo si es diferente al recurrente y es primera vez que
comparece. Adjuntar documento en que conste poder otorgado por el Cotizante o Beneficiario, o
firmar ambos este Formulario.)
Nombres
Apellido Paterno
Apellido Materno
Cédula de Identidad
Sexo
F M
Fecha de Nacimiento
Edad
Nacionalidad
Estado Civil
Profesión u Oficio
Teléfono Particular
Teléfono Laboral
Teléfono Celular
Domicilio: Calle o Av.
Número
Depto.
Población o Villa
Comuna
Ciudad
Región
DATOS DEL RECURSO
Datos del Oficio o Sentencia recurrida:
Número (Sólo en caso de Oficios Ord. IF)
Fecha
Autoridad o Funcionario que la dictó
Reclamo Administrativo
Tipo de Recurso que deduce:
_____________________________________________________
REPOSICIÓN: Debe deducirse dentro del plazo de 5 días hábiles, para que el Intendente
reevalúe el caso resuelto, atendiendo a nuevos antecedentes o alegaciones. (2.6, a), Circ.
IF/N°54-2007)
JERÁRQUICO: Debe deducirse dentro del plazo de 5 días hábiles o, dentro del mismo plazo,
en subsidio del recurso de reposición, para que lo conozca y resuelva el Superintendente de
Salud. (2.6, c), Circ. IF/N°54-2007; 59 Ley 19.880)
REVISIÓN: Puede interponerse dentro del plazo de 1 año, se trata de un recurso
extraordinario, procedente sólo por las causales taxativamente establecidas en la ley, para
que el Superintendente de Salud conozca del caso. (2.6, c), Circ. IF/N°54-2007; 60 Ley
19.880)
RECTIFICACIÓN, ACLARACIÓN O ENMIENDA: Procede ante el Intendente, en caso que el
acto administrativo contenga errores de copia, referencia o de cálculo numérico, u otros
puntos oscuros o dudosos, sin alterar lo ya resuelto. (2.6, b), Circ. IF/N°54-2007)
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba