Práctica forense N°27.- Guardas. Reaparición ausente - Práctica forense. Juzgados de Familia. Tomo II - Contratos - VLEX 844849168

Práctica forense N°27.- Guardas. Reaparición ausente

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aJunio 2020

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Procedimiento: Voluntario Juzgados Familia. Materia: Reaparición ausente.

Solicitante:

Rut:

Abogado Patrocinante:

Rut:

Apoderado:

Rut:

LO PRINCIPAL: Reaparición del ausente. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; y SEGUNDO OTROSI: Patrocinio y poder.

Señor Juez Familia

...........................domiciliado en la ciudad de...............a Usía, digo: Que, vengo en interponer solicitud en Procedimiento Voluntario ante los Juzgados de Familia, sobre Reaparición del ausente, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

I.- FUNDAMENTOS DE HECHO

1.- Que, mediante sentencia de fecha .... ., dictada por el Juzgado de Familia de .... .., se me nombro curador de ausente, para la administración de mis bienes (acciones derechos, etc)......................

2.- Que, en la mencionada sentencia fue designado como curador de ausentes don........

3.- Que, una vez posesionado del cargo el curador de ausentes, efectuó el inventario de los bienes del interdicto y discernido el cargo, procedió a recibir los bienes del mismo.

4.- Que, desaparecida la causa que dio origen al curador de ausente por........... no es necesaria la continuidad de la curaduría del ausente.

II.- FUNDAMENTOS PARA TERMINAR LA CURADURÍA

1.- Que, se declare que don ............... por su reaparecimiento es una persona cabal para el ejercicio de todos sus actos de administración y disposición de una persona capaz, para bastarse por sí mismo y sin la intervención de otra.

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2.- Que, en consecuencia, ordenar la reaparición de don................para que ejerza todos sus derechos como una persona plenamente capaz.

3.- Que, por consiguiente, dar por terminada la curaduría del ausente que venía desarrollando la don............

4.- Que, ordenar rendir cuentas al curador de ausentes don........ respecto de su gestión y durante el tiempo que duró la labor encomendada, fijándole un término prudencial para ello. 1

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- Que, el art.491 del Código Civil, dice, a la letra: "La curaduría de los derechos del ausente expira a su regreso; o por el hecho de hacerse cargo de sus negocios un procurador general debidamente constituido; o a consecuencia de su fallecimiento; o por el decreto que en el caso de desaparecimiento conceda la posesión provisoria.2La curaduría de la herencia yacente cesa por la aceptación de la herencia, o en el caso del artículo 484, por el depósito del producto de la venta en las arcas del Estado.

La...

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