Práctica forense N°2.- Separación judicial. Conjunta - Práctica forense. Juzgados de Familia. Tomo II - Contratos - VLEX 844849654

Práctica forense N°2.- Separación judicial. Conjunta

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aJunio 2020

Page 344

Procedimiento: Ordinario ante Tribunales Familia.

Materia: Separación judicial conjunta. Demandante:

Rut:

Abogado patrocinante:

Rut:

Apoderado:

Rut:

Demandado:

EN LO PRINCIPAL: Demanda separación judicial conjunta. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSI: Acuerdo completo y suficiente; TERCER OTROSI: Medios de prueba; y CUARTO OTROSI: Patrocinio y poder.

Señor Juez Familia

..................., de profesión .........., ...............y ............, de profesión

.........., domiciliado en la ciudad de .................... Nº....., a Usía, decimos:

Que, venimos en demandar en Procedimiento Ordinario ante los Tribunales de Familia, en forma conjunta de separación judicial., en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

I.- Antecedentes de Hecho

  1. - Existencia de vínculo matrimonial

    a) Que, nos encontramos unidos por vínculo matrimonial con el demandado bajo el régimen de sociedad conyugal, con fecha ..... de ........ de 19...., ante el Oficial del Registro Civil de ................., inscribiéndose nuestro matrimonio bajo el Nº .....

    b) Que, de dicho vínculo y su vida en común nacieron nuestros hijos.........de .....y ....años de edad respectivamente.

    2.- Existencia de la causal.

    1. Que, hemos cesado en la convivencia desde el día..................ha la fecha y no existe reanudación de la vida en común

    b) Que, no tenemos ningún interés en recomponer la vida en común, por lo que en forma conjunta regulamos las siguientes materias, que en otrosí se acompaña acuerdo completo y suficiente:

  2. b. Patria Potestad.

  3. b. Relación Directa y Regular.

    Page 345

  4. b. Alimentos.

  5. b. Régimen patrimonial del matrimonio.

    3.- Aprobación Acuerdo Completo y suficiente

    1. Que, así deberán tenerse por reguladas las materias y aprobarlas oportunamente.

    b) Que, las materias resguardan el interés superior de los hijos, aminora su menoscabo económico y establece relaciones equitativas para el futuro, entre nosotros.

    II.- Antecedentes de Derecho

  6. - Normas Ley 19.947 y Código Civil

    a) Que, el art.26 inciso 1 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil, dice: "Por falta imputable al otro, siempre que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común".

    b) Que, el art.26 inciso 3 de la Ley 19.947 sobre Matrimonio Civil, nos indica: "En los casos a que se refiere este artículo, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR