Práctica Forense N°15.- Arresto. Medidas complementarias - Práctica forense. Juzgados de Familia. Tomo I - Contratos - VLEX 844845372

Práctica Forense N°15.- Arresto. Medidas complementarias

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aJunio 2020

Page 286

Solicita medidas complementarias al apremio.

Señor Juez Familia

...................., abogado, por la parte demandante, en Procedimiento sobre Cumplimiento de Alimentos, caratulada "..........con..........", en causa RIT..........., a Usía, digo:

Que, solicito a Vuestra Señoría, decretar como medidas complementarias al arresto en contra de ..................., cédula de identidad.............., domiciliado en la ciudad de ........................., las siguientes medidas del art.16 Nº1 y 2 de la Ley 14.908, que es la retención de impuestos y suspensión de la licencia de conducir, que transcribo para todos los efectos legales y mejor resolución:

"Sin perjuicio de los demás apremios y sanciones previstos en la ley, existiendo una o más pensiones insolutas, el juez adoptará, a petición de parte, las siguientes medidas:

  1. - Ordenará, en el mes de marzo de cada año, a la Tesorería General de la República, que retenga de la devolución anual de impuestos a la renta que corresponda percibir a deudores de pensiones alimenticias, los montos insolutos y las pensiones que se devenguen hasta la fecha en que debió haberse verificado la devolución.

La Tesorería deberá comunicar al tribunal respectivo el hecho de la retención y el monto de la misma.

2.- Suspenderá la licencia para conducir vehículos motorizados por un plazo de hasta seis meses, prorrogables hasta por igual período, si el alimentante persiste en el incumplimiento de su obligación. Dicho término se contará desde que se ponga a disposición del administrador del Tribunal la licencia respectiva.

En el evento de que la licencia de conducir sea necesaria para el ejercicio de la actividad o empleo que genera ingresos al alimentante, éste podrá solicitar la interrupción de este apremio, siempre que garantice el pago de lo...

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