Práctica forense N°13.- Relación, directa y regular. Transacción - Práctica forense. Juzgados de Familia. Tomo II - Contratos - VLEX 844849645

Práctica forense N°13.- Relación, directa y regular. Transacción

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aJunio 2020

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Procedimiento: Ordinario ante los Tribunales de Familia. Materia: Transacción de directa y regular de consuno. Demandante:

Rut:

Abogado patrocinante:

Rut:

Apoderado:

Page 325

Rut:

Demandada:

Rut:

EN LO PRINCIPAL: Transacción de relación directa y regular. PRIMER OTROSI: Acompaña documento, con citación; y SEGUNDO OTROSI: Patrocinio y poder.

Señor Juez Familia

..........., domiciliado en la ciudad de.............., ............y..........., domiciliada en la ciudad de.............., a Usía, de consuno, decimos:

Que, en mérito del art.2446 del Código Civil, venimos en celebrar contrato de transacción, respecto de la relación directa y regular del menor..........de ....años, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que pasamos a exponer:

I.- Antecedentes del Vínculo Filiativo

  1. Que, estamos unidos en vínculo matrimonial entre sí, el cual lo contrajimos con fecha, durante.........años mantuvimos el vínculo marital de convivencia efectiva.

    b) Que, de dicho vínculo matrimonial nació nuestro hijo de filiación:...................

    II.- Antecedentes del menor cuya relación directa y regular se demanda.

  2. Que, el menor objeto de este libelo en su regulación de relación directa y regular, en adelante R.D.R., es ................ de ...años de edad.

    b) Que, es la madre ......quien tiene la guarda y cuidado personal del menor referido en la ciudad de ...........

    III.- Relación Directa y Regular (R.D.R.) que se regula.

    La demanda de R.D.R., se hace en los siguientes términos que se expresa a Vuestra Señoría (acá se indicará cual es régimen y los ítem):

    a) R. D. R., DEL PADRE CON EL MENOR EN FORMA ORDINARIA.

    a.1.- Que, el padre del menor, podrá retirar a la menor cada fin de semana, del hogar en que la menor viva desde el día viernes después de la jornada escolar, ó a las ......horas, hasta el día domingo a las .....horas en temporada de invierno y a las ..... horas en temporada de verano, con pernoctación.

    a.2.- Que, el padre del menor, en época de vacaciones de fiestas patrias, podrá retirarla desde el lugar en que se encuentra, desde las 10.00 del día en que comience este feriado hasta las 21:00 horas del término de la primera semana.

    Este feriado será alternado con el otro padre año por medio en correspondencia con la segunda semana de estas vacaciones.

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    a.3.- Que, el padre de la menor, en época de vacaciones de invierno, podrá retirarla desde el lugar en que se encuentre, de preferencia desde el hogar...

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