Práctica forense N°1.- Relación, directa y regular. Aumento
Autor | Eric Andrés Chávez Chávez |
Cargo del Autor | Abogado |
Actualizado a | Junio 2020 |
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Procedimiento: Ordinario
Materia: Aumento relación directa y regular. Demandante:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Demandado:
Rut:
EN LO PRINCIPAL: Demanda aumento relación directa y regular de menor que indica. PRIMER OTROSÍ: Aumento provisorio; SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos en forma legal; TERCER OTROSI: Acredita personería; CUARTO OTROSÍ: Causa a la vista, desde ya; y QUINTO OTROSI: Téngase presente.
Señor Juez Familia
................, abogado, en representación de.............., según consta de – mandato judicial – que en otrosí se acompaña, domiciliados en la ciudad de....................a Usía, digo:
Que, vengo en demandar por mi mandante el aumento de regulación de visitas a favor de sus hijos...............y..........., ambos en cuidado
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personal de su madre ................., con domicilio en la ciudad de................., en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:
I.- ANTECEDENTES PREVIOS.
a) Que, mediante mediación realizada el día ..............se fijó un régimen de relación directa y regular con el siguiente régimen: Sábado de 10:00 a 21:00 y domingo de 10:00 a 19:00, en forma intercalada.
b) Que, dicha causa se ingreso al Juzgado de Familia de ............, formándose el Cuaderno de Cumplimiento, con el RIT......., caratulada ".........con..........".
II.- AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR.
-
Que, previamente a la interposición de este libelo, realizamos mediación, la cual fue frustrada, cuyo certificado acompañamos en otrosí, al ser de carácter obligatorio.
b) Que, con el fin del interés superior y evitar se pierda el vínculo filial de padre e hijotes que se pide el siguiente aumento de visitas:
1.1.- Realizar la relación directa y regular todos los días domingos desde las 11:00 a 21:00 horas.
1.2.- Pernoctación con los menores, comenzando en el mes de noviembre de 2012, la 1ª y 3ª semana de cada mes, con la entrega de los menores el día sábado a las 15:00 horas y con devolución el día domingo a las 21:00, en el domicilio que la madre señale oportunamente.
1.3.- Vacaciones de verano. El mes de febrero, en forma completa, o en los días que prudentemente Usía, fije siempre no inferior a 10 días.
1.4.- Cumpleaños. En es caso Vuestra Señoría, se solicita se pueda realizar en forma intercalada o alternada, comenzando con el padre.
1.5.- Vacaciones de invierno. Una semana para cada padre comenzando el padre con la 1ª semana de dicho período de...
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