Práctica forense Nº10.- Separación judicial de bienes. Por no someterse la mujer a la dirección de curador. Demanda - Regímen de separación de bienes - Regímenes matrimoniales - Contratos - VLEX 844919019

Práctica forense Nº10.- Separación judicial de bienes. Por no someterse la mujer a la dirección de curador. Demanda

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aJunio 2020

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Procedimiento: Ordinario ante Tribunales Familia.

Materia: Separación judicial de bienes por no someterse la mujer a la dirección de curador.

Demandante:

Rut:

Abogado patrocinante:

Rut:

Apoderado:

Rut:

Demandado:

Rut:

EN LO PRINCIPAL: Demanda de separación judicial de bienes por no someterse la mujer a la dirección extraordinaria de un curador. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos, con citación;

SEGUNDO OTROSI: Medios de prueba; y TERCER OTROSI: Patrocinio y poder.

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Señor Juez Familia

..................., de profesión.........., domiciliado en la ciudad de...................., a Usía, digo:

Que, vengo en demandar en Procedimiento Ordinario ante los Tribunales de Familia, a mi marido don...................., de profesión.........., domiciliado en la ciudad de......................., a fin de que Usía, decrete nuestra separación judicial de bienes por no someterse la mujer a la dirección extraordinaria de un curador, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

I.- LOS ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Efectividad de existir vínculo matrimonial de las partes

a) Que, me casé con el demandado bajo el régimen de sociedad conyugal, con fecha..... de........ de 19...., ante el Oficial del Registro Civil de................., inscribiéndose nuestro matrimonio bajo el Nº.....

b) Que, el citado matrimonio no se encuentra terminado por divorcio.

2.- Efectividad de existir la causal invocada

  1. Que, el art.1762 del Código Civil, dice: "La mujer que no quisiere tomar sobre sí la administración de la sociedad conyugal,

    .ni someterse a la dirección de un curador, podrá pedir la separación de bienes; y en tal caso se observarán las disposiciones del Título VI, párrafo 3 del Libro I".

  2. Que, por lo demás así lo dispone el art.450 inciso 2 del Código Civil, otorga expresamente a la mujer casada en régimen de sociedad conyugal, la facultad de solicitar la separación de bienes cuando su marido disipador sea sujeto a curaduría. Además, del art.1758 inciso final del Código Civil. Es un caso de analogía evidente.

    c) Que, por las disposiciones legales invocadas no me interesa..........

    3.- EFECTIVIDAD O REALIZACIÓN DE LOS HECHOS QUE CONFIGURAN LA CAUSAL.

  3. Que, no me interesa someterme por ningún caso a la administración del curador designado a mi marido, por eso recurro a Vuestra Señoría, para que así lo declare.

    a) Que, este es un derecho optativo que me corresponde como mujer mayor de edad ejercer.

    II.- LOS...

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