N°19.- Partición bienes. Término competencia - Partición de bienes. Práctica forense - Contratos - VLEX 844826006

N°19.- Partición bienes. Término competencia

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aMayo 2020

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Término de competencia e inhibición de seguir en la tramitación del Juicio Arbitral.

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Señor Juez Árbitro .............., abogado, por..........en Procedimiento Arbitral sobre Liquidación de la Comunidad, a Usía, arbitral, digo:

Que, en solicitar a Vuestra Señoría,............. se inhiba en seguir conociendo de estos autos, al haber precluído el plazo de dos años, no existiendo voluntad en prorrogarlo.

Que, se constituyó el compromiso con fecha............. se cumple dos año, al........., se cumplió los dos años, ahora esta su plazo total y absolutamente vencido.

Así el art.1332 del Código Civil, lo señala expresamente: “La ley señala al partidor, para efectuar la partición, el término de dos años contados desde la aceptación de su cargo.

El testador no podrá ampliar este plazo.

Los coasignatarios podrán ampliarlo o restringirlo, como mejor les parezca, aun contra la voluntad del testador".

POR TANTO:

En mérito de lo expuesto y de acuerdo al...

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